Reglamento de la Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Artículo 51. De la organización del nivel de Educación inicial

El nivel de Educación Inicial está organizado en dos ciclos: el primero atiende a niños de 0 a 2 años y el segundo, a niños de 3 a 5 años. La atención a los niños se realiza en función de su edad y de sus características de desarrollo individual.

Comentario

El artículo 51 establece la estructura organizativa del nivel de Educación Inicial en dos ciclos diferenciados por rango etario: el primer ciclo atiende a menores de 0 a 2 años y el segundo a niños de 3 a 5 años. La organización responde a criterios de edad y características del desarrollo individual del niño.

Temas: educación inicial, ciclos educativos, desarrollo infantil temprano, organización de niveles educativos, edad y características de desarrollo, educación de 0 a 5 años