Reglamento de la Ley Nº 28044 Ley General de Educación
Artículo 14. Rol del Estado
El Estado garantiza el derecho a la educación, coordina la política educativa, la erradicación del analfabetismo y formula los lineamientos generales de los planes de estudio y de la organización de las instituciones educativas, promueve la universalización, supervisa la calidad, pertinencia y equidad de la educación de manera descentralizada, fomenta la educación bilingüe e intercultural según las características de cada zona, en el marco de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Perú y las leyes. El Estado a través del Ministerio de Educación es responsable de preservar la unidad del Sistema Educativo
Comentario
El artículo establece las obligaciones fundamentales del Estado en materia educativa: garantizar el derecho a la educación, coordinar política educativa, erradicar analfabetismo, formular lineamientos curriculares y supervisar calidad, pertinencia y equidad de manera descentralizada. Asigna al Ministerio de Educación la responsabilidad de preservar la unidad del sistema educativo nacional.
Temas: rol del estado en educación, derecho a la educación, descentralización educativa, universalización de educación, equidad educativa, educación intercultural bilingüe