Reglamento de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales

Artículo 6. Consentimiento informado

6.1. Cuando los datos personales son obtenidos directamente del titular de los datos personales se le debe comunicar de forma clara, con lenguaje sencillo, cuando menos lo siguiente:

1. La identidad y domicilio o dirección del titular del banco de datos personales o del responsable del tratamiento al que puede dirigirse para revocar el consentimiento o ejercer sus derechos, y, cuando corresponda, del representante.

2. La finalidad o finalidades del tratamiento a las que sus datos son sometidos.

3. La identidad de los que son o pueden ser sus destinatarios, de ser el caso.

4. La existencia e identificación del banco de datos personales en que se almacenarán, cuando corresponda.

5. El carácter obligatorio o facultativo de sus respuestas al cuestionario que se le proponga, cuando sea el caso.

6. Las consecuencias de proporcionar sus datos personales y de su negativa a hacerlo.

7. En su caso, la transferencia nacional e internacional de datos que se efectúen.

8. La existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, y se transmita información relativa a las consecuencias para el titular del dato personal.

9. El plazo de conservación de los datos personales.

10. Los mecanismos para el ejercicio de los derechos del Título III de la Ley.

6.2. Adicionalmente a lo previsto en el párrafo 6.1, cuando los datos personales no hayan sido recopilados de forma directa del titular de datos personales, el titular del banco de datos o quien resulte responsable debe estar en condiciones de informar, en el primer contacto y a requerimiento del titular de los datos personales, la fuente de recopilación de los datos personales.

Comentario

El artículo 6 establece el contenido mínimo y las modalidades de la información que debe proporcionarse al titular de datos personales para que el consentimiento sea válido e informado. Distingue entre obtención directa de datos (párrafo 6.1) e indirecta (párrafo 6.2), imponiendo al responsable del tratamiento la obligación de comunicar diez aspectos esenciales en lenguaje claro y sencillo.

Temas: consentimiento informado, transparencia en el tratamiento de datos, información obligatoria al titular, recopilación directa e indirecta de datos, responsabilidad del responsable del tratamiento, decisiones automatizadas y perfiles