Reglamento Nacional de Administración de Transporte
Vigésima Octava
Régimen extraordinario de habilitación vehicular para el servicio de transporte terrestre regular de personas en el ámbito nacional, entre dos regiones contiguas
Los vehículos que se deshabiliten a partir del 31 de diciembre de 2012, en virtud de lo establecido por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Transitoria del RNAT, podrán ser habilitados para prestar el servicio de transporte regular de personas en rutas que comprendan dos regiones contiguas, siempre que el transportista solicitante cuente con autorización para prestar el referido servicio hacia la región contigua solicitada, y que el vehículo no haya superado la antigüedad de permanencia establecida en el cronograma de permanencia aprobado para las regiones en donde se realizará el referido servicio.
En el caso que difieran los plazos de permanencia aprobado para las regiones contiguas a las que se hace referencia en el párrafo anterior, los vehículos deberán permanecer habilitados como máximo hasta el vencimiento del menor plazo de permanencia.
Los vehículos habilitados en atención a lo establecido en la presente disposición no podrán ser utilizados en la prestación del servicio de transporte en otras rutas de transporte de personas de ámbito nacional. En caso que se detecte vehículos incumpliendo lo señalado en el presente párrafo, se considerará que realizan servicio no autorizado y se le aplicarán las disposiciones establecidas para dicho caso."
Comentario
Establece un régimen transitorio de habilitación vehicular que permite reutilizar vehículos deshabilitados después del 31 de diciembre de 2012 para prestar servicio de transporte regular de personas en rutas que conecten dos regiones contiguas, condicionado a que el transportista cuente con autorización sectorial y el vehículo no supere la antigüedad máxima del cronograma aplicable. Limita su uso exclusivamente a las regiones autorizadas, bajo sanción de considerarse servicio no autorizado.
Temas: habilitación vehicular transitoria, transporte interregional regular, cronograma de permanencia, antigüedad de flota, autorización sectorial, servicio no autorizado