Reglamento Nacional de Administración de Transporte
Primera. Marco legal aplicable a los procedimientos en trámite
Los procedimientos administrativos, que a la fecha de entrada en vigencia del presente reglamento se encuentren en trámite, continuarán y culminará su tramitación conforme a las normas con las cuales se iniciaron, con excepción de lo dispuesto respecto del cumplimiento de requisitos establecido en la siguiente disposición transitoria
Comentario
Norma de tránsito que asegura la continuidad de procedimientos administrativos iniciados bajo la regulación anterior al presente reglamento. Estos mantienen su régimen jurídico original durante todo su curso, salvo excepciones expresas establecidas en disposiciones transitorias posteriores.
Temas: seguridad jurídica administrativa, retroactividad de normas, procedimientos en trámite, disposiciones transitorias, continuidad regulatoria