Reglamento Nacional de Administración de Transporte
Novena. Novena.- Régimen Especial para provincias que desarrollen sistemas de transporte urbano masivo de personas
En el territorio conformado por la integridad de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) puede expedir las normas complementarias para la implementación del Sistema Integrado de Transporte a que hace referencia el literal j) del artículo 4 de la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), de conformidad con dicha Ley y su reglamento, con las características mínimas, siguientes:
a) Sistemas de gestión especiales en la operación del servicio público de transporte urbano de personas.
b) Operación con vehículos de características técnicas distintas a las establecidas en la normativa vigente, en función de la infraestructura especial que utilizan.
c) Utilización de vías exclusivas o preferenciales para su prestación.
d) Sistemas especiales de fiscalización.
e) Restricción a la prestación del servicio de transporte público en vehículos que no sean de la categoría M1, M2 y M3 de la clasificación vehicular establecida por el Reglamento Nacional de Vehículos.
Para el caso de aquellas provincias del país en las que la autoridad competente, desarrolle o se encuentre desarrollando sistemas integrados de transporte, estas aplican lo dispuesto en el párrafo precedente en los aspectos que correspondan y conforme a lo previsto en el presente reglamento.
Comentario
Autoriza a la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) a expedir normas complementarias para implementar un Sistema Integrado de Transporte con características técnicas y operativas diferenciadas. La norma reconoce un régimen excepcional que permite flexibilizar estándares convencionales en infraestructura, vehículos, vías y fiscalización, con aplicación extensiva a otras provincias que desarrollen sistemas similares.
Temas: transporte urbano masivo, sistemas integrados de transporte, régimen especial, autoridad de transporte, normas complementarias, flexibilización regulatoria