Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva
Artículo 22. SUSPENSIÓN Y CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El Ejecutor suspenderá el Procedimiento cuando se presente alguna de las causales detalladas en el literal a) del Artículo 119 del Código.
No será necesario que el Ejecutor emita una Resolución Coactiva que suspenda el Procedimiento cuando:
a) Dentro de un proceso constitucional de amparo se notifique a la SUNAT una medida cautelar que ordene la suspensión de la cobranza conforme a lo dispuesto en el Código Procesal Constitucional.
b) Dentro de un Procedimiento Contencioso Administrativo se notifique a la SUNAT una resolución que concede una solicitud de medida cautelar y ordene suspender el Procedimiento.
El Ejecutor deberá levantar los embargos, dar por concluido el Procedimiento y ordenar el archivo de los actuados en los supuestos establecidos en el literal b) del Artículo 119 del Código.
Cuando la persona obligada haya sido declarada en quiebra, la conclusión del Procedimiento operará una vez emitido, de conformidad con las leyes de la materia, el certificado de incobrabilidad de la deuda.
Cuando una ley o norma con rango de ley disponga expresamente la suspensión o conclusión del Procedimiento, ésta operará a partir de la entrada en vigencia de la referida norma o en la oportunidad que ésta lo disponga.
El Deudor que, al amparo del último párrafo del literal a) del Artículo 119 del Código, solicite la sustitución de la medida cautelar por una garantía suficiente deberá considerar lo señalado en el Artículo 41.
Comentario
El artículo regula los supuestos de suspensión y conclusión del procedimiento de cobranza coactiva. La suspensión opera cuando se presentan las causales del Código Tributario; la conclusión se produce mediante levantamiento de embargos y archivo cuando se cumplen requisitos legales específicos, incluyendo quiebra del deudor o mandato de ley.
Temas: suspensión del procedimiento de cobranza, conclusión de cobranza coactiva, medidas cautelares en amparo, contencioso administrativo y cobranza, incobrabilidad y quiebra del deudor, embargo y levantamiento de embargo