Reglamento de la Cámara de Diputados
Primera. Vigencia del Reglamento
El presente reglamento entra en vigor a partir del día siguiente de la publicación en el diario oficial El Peruano de los resultados de las Elecciones Generales 2026 que proclame el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Comentario
Establece la fecha de entrada en vigor del Reglamento de la Cámara de Diputados, condicionándola a la publicación en El Peruano de los resultados de las Elecciones Generales 2026 proclamados por el JNE. La norma subordina su vigencia a un acto administrativo electoral específico, lo que garantiza coordinación entre el cambio institucional y la renovación del órgano regulado.
Temas: vigencia de normas, condición suspensiva, proceso electoral, órgano electoral autónomo, cambio institucional, entrada en vigor