Reglamento de la Cámara de Diputados

Artículo 8. Función legislativa

La función legislativa comprende la presentación, el debate y la aprobación de las proposiciones legislativas, así como su interpretación, modificación y derogación, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política del Perú, el Reglamento del Congreso de la República y el presente reglamento.

Comentario

El artículo define la función legislativa de la Cámara de Diputados como el conjunto de actos que comprenden presentación, debate, aprobación, interpretación, modificación y derogación de proposiciones legislativas. Establece que su ejercicio se sujeta a la Constitución, al Reglamento del Congreso y al reglamento interno de la Cámara.

Temas: función legislativa, competencia parlamentaria, ciclo legislativo, proposiciones normativas, potestad de legislar, control parlamentario posterior