Reglamento de la Cámara de Diputados
Artículo 7. Atribuciones de la Cámara de Diputados
La Cámara de Diputados, con arreglo al artículo 102-B de la Constitución Política del Perú, tiene las siguientes atribuciones:
a) Aprobar las propuestas normativas a ser remitidas al Senado, conforme a lo previsto en el presente reglamento.
b) Interpelar y censurar a los ministros de Estado.
c) Otorgar o rehusar la confianza planteada por iniciativa ministerial.
d) Conformar comisiones investigadoras con la finalidad de iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público.
e) Ejercer las demás atribuciones que señala la Constitución Política del Perú y las que son propias de su función.
Comentario
El artículo enumera las atribuciones principales de la Cámara de Diputados conforme al artículo 102-B de la Constitución. Comprende funciones legislativas (aprobación de propuestas normativas), de control político (interpelación, censura, voto de confianza) e investigadoras (comisiones investigadoras). Constituye el fundamento competencial del órgano dentro del sistema parlamentario bicameral.
Temas: poder legislativo, control político parlamentario, interpelación ministerial, comisiones investigadoras, atribuciones constitucionales, congreso bicameral