Reglamento de la Cámara de Diputados
Artículo 188. Aprobación del Pleno y nombramiento de la comisión acusadora
Si el informe que propone la acusación es aprobado, la Cámara de Diputados nombra una comisión acusadora, integrada por tres diputados a propuesta del presidente, a efectos de que sustente el informe y formule acusación ante el Senado.
Comentario
Regula el acto parlamentario mediante el cual la Cámara de Diputados, al aprobar el informe acusatorio, designa una comisión integrada por tres diputados para sustentar la acusación ante el Senado. Establece la composición y función de este órgano acusador en el procedimiento de acusación constitucional.
Temas: acusación constitucional, comisión acusadora, legitimación parlamentaria, procedimiento de acusación, competencia de cámaras legislativas, juzgamiento de autoridades