Reglamento de la Cámara de Diputados

Artículo 111. Presentación y trámite de las propuestas legislativas

Las propuestas legislativas y de resolución legislativa se presentan en la mesa de partes de la Cámara de Diputados para su registro.

El derecho de iniciativa legislativa comprende también la facultad de retirar proposiciones legislativas. El retiro puede formularse desde que son presentadas y hasta antes de que la comisión o comisiones las dictaminen.

Comentario

El artículo regula el procedimiento de presentación y registro de propuestas legislativas ante la Cámara de Diputados, así como el derecho correlativo de retiro de las mismas antes de su dictamen comisional. Establece que la iniciativa legislativa comprende tanto la facultad de proponer como de desistir de la proposición en un momento procesal determinado.

Temas: iniciativa legislativa, presentación de proposiciones, retiro de propuestas, derecho dispositivo parlamentario, procedimiento legislativo, plazo procesal comisional