Reglamento de la Cámara de Diputados
Artículo 101. Pedidos al Pleno
Los pedidos al Pleno de la Cámara son propuestas no legislativas de los diputados, de los grupos parlamentarios o de las comisiones ordinarias, mediante las cuales se promueve el desarrollo de actos parlamentarios para exponer sobre un asunto no previsto en la agenda. Se presentan por escrito debidamente fundamentados. Son vistos por la Junta de Portavoces y se dan cuenta, de manera sucinta, en el Pleno, según lo que determine este órgano parlamentario.
Comentario
El artículo 101 regula los pedidos al Pleno como mecanismo de participación parlamentaria no legislativa que permite a diputados, grupos parlamentarios y comisiones ordinarias promover actos parlamentarios sobre asuntos no incluidos en la agenda. Se presentan por escrito fundamentados, pasan por evaluación de la Junta de Portavoces y son comunicados sucintamente al Pleno según los criterios que éste establezca.
Temas: participación parlamentaria no legislativa, agenda parlamentaria flexible, junta de portavoces, procedimiento parlamentario, actos de control y reconocimiento, legitimación activa de diputados