Reglamento de la Cámara de Diputados
Artículo 10. Función de representación
Los diputados representan a la nación. Este mandato comprende las acciones de interacción con la población para conocer sus inquietudes y expectativas sobre cualquier asunto de interés público y, de ser el caso, procesarlas para su atención, de acuerdo con la Constitución Política del Perú, el Reglamento del Congreso de la República y el presente reglamento.
Comentario
El artículo establece que los diputados ostentan mandato representativo de la nación, cuyo contenido incluye la interacción con la población para identificar inquietudes y expectativas públicas. Define que esta función de representación opera conforme a la Constitución, el Reglamento del Congreso y el presente reglamento.
Temas: mandato representativo, función parlamentaria, relación legislador-ciudadanía, democracia representativa, deber de interacción, legitimidad legislativa