Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones Complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina que establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial

Artículo 82. Nulidad, cancelación y caducidad de una marca de certificación

La nulidad, cancelación y caducidad de una marca de certificación se regirán por las normas aplicables a las marcas de productos y de servicios.

Comentario

El artículo establece que los procedimientos y causales de nulidad, cancelación y caducidad de las marcas de certificación se someten al régimen legal común de las marcas ordinarias. Crea así una remisión normativa que evita duplicación de regulaciones y asegura coherencia en el tratamiento de estos registros.

Temas: marca de certificación, nulidad de marca, cancelación de marca, caducidad por falta de uso, extinción de derechos marcarios, remisión normativa