Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones Complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina que establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial

Artículo 33. Solicitud de ajuste

La solicitud de ajuste deberá formularse bajo sanción de caducidad, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde que queda consentida una resolución administrativa que concede la patente.

Para el cómputo de los plazos no se tendrá en cuenta el retraso en el que incurra la Dirección competente por hechos atribuibles al titular de la patente.

Asimismo, no se ajustará el plazo de vigencia de la patente cuando el retraso por parte de la Dirección competente, haya ocurrido como consecuencia de un caso fortuito o de fuerza mayor.

Al evaluar la solicitud presentada, la Dirección competente:

a) Determinará si existe un plazo excedente en la tramitación de la solicitud de acuerdo a lo establecido en el artículo 32 de este Decreto Legislativo.

b) Establecerá cuál es el retraso irrazonable.

c) Si los plazos descritos en los literales a) y b) del artículo 32 de este Decreto Legislativo concurren en una misma solicitud de patente, deberá entenderse que el plazo excedente que se tomará en cuenta para la determinación del retraso irrazonable conforme a lo previsto en el literal anterior, se contará desde la ocurrencia del plazo excedente mayor.

La Dirección competente emitirá resolución motivada en la que se determine si existió un retraso irrazonable y, de ser el caso, concederá el ajuste del plazo de vigencia de la patente. Contra dicha resolución se podrá interponer recurso de apelación.

Comentario

El artículo 33 regula el procedimiento para solicitar el ajuste de la vigencia de una patente de invención cuando ha mediado un retraso irrazonable en su tramitación administrativa. Establece un plazo de treinta días hábiles para presentar la solicitud, contado desde la resolución consentida que otorga la patente, bajo sanción de caducidad. La Dirección competente debe evaluar si existió retraso irrazonable atribuible a su gestión y, de ser así, conceder el ajuste correspondiente mediante resolución motivada.

Temas: patentes de invención, retraso administrativo irrazonable, ajuste de plazo de vigencia, tramitación de solicitudes, caducidad de derechos procedimentales, resolución administrativa motivada