Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones Complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina que establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial

Artículo 3. Elementos constitutivos de la propiedad industrial

Para efectos del presente Decreto Legislativo, constituyen elementos de la propiedad industrial:

a) Las patentes de invención;

b) Los certificados de protección;

c) Las patentes de modelos de utilidad;

d) Los diseños industriales;

e) Los secretos empresariales;

f) Los esquemas de trazado de circuitos integrados;

g) Las marcas de productos y de servicios;

h) Las marcas colectivas;

i) Las marcas de certificación;

j) Los nombres comerciales;

k) Los lemas comerciales;

l) Las denominaciones de origen; y

m) Las indicaciones geográficas;

n) Las especialidades tradicionales garantizadas.

Comentario

El artículo enumera de modo taxativo los elementos constitutivos de la propiedad industrial conforme al Decreto Legislativo N° 1075. La norma delimita el alcance subjetivo de la protección al identificar las categorías de derechos y bienes inmateriales que gozan de tutela jurídica bajo el régimen común andino de propiedad industrial.

Temas: propiedad industrial, derechos de autor y conexos, patentes y modelos de utilidad, signos distintivos, indicaciones geográficas y denominaciones de origen, secretos empresariales