Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas

Artículo 52. Difusión de resoluciones de inicio

La Secretaría Técnica o la Comisión se encuentran facultadas para disponer la difusión de la resolución de inicio de cualquier procedimiento iniciado a pedido de parte o de oficio, siempre que lo consideren pertinente en atención a la importancia del caso.

Comentario

Faculta a la Secretaría Técnica o Comisión para difundir públicamente la resolución que inicia un procedimiento de eliminación de barreras burocráticas, cuando la relevancia del caso lo justifique. Esta difusión constituye una herramienta de persuasión y transparencia en la lucha contra obstáculos administrativos.

Temas: barreras burocráticas, facultad discrecional de difusión, transparencia administrativa, persuasión institucional, resoluciones de inicio, simplificación administrativa