Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos

Artículo 10

Depurada la relación de suscriptores y no alcanzado el número necesario, los Promotores tendrán un plazo adicional de hasta treinta días para completar el número de adherentes requerido.

Comentario

Establece un mecanismo de subsanación para iniciativas ciudadanas que no reúnen el número mínimo de suscriptores en la presentación inicial. Otorga a los promotores un plazo adicional de treinta días para completar las adhesiones faltantes, sin perjuicio de la depuración previa de la relación de suscriptores.

Temas: iniciativa ciudadana, suscriptores y adhesión popular, depuración de firmas, plazo de subsanación, derechos de participación política, procedimiento administrativo de iniciativas