Ley de organización y funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI

Artículo 4. Los miembros del Consejo Directivo

El Consejo Directivo es el órgano máximo del INDECOPI. Está integrado por cinco (5) miembros, dos en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, uno en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, uno en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y uno en representación del Ministerio de la Producción, los que serán designados mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidencia del Consejo de Ministros.

Comentario

El artículo define la composición del Consejo Directivo del INDECOPI como órgano máximo de la institución, integrado por cinco miembros designados por representación de entidades estatales específicas mediante Resolución Suprema. Establece el procedimiento formal de designación y la estructura de representación ministerial que caracteriza la gobernanza institucional.

Temas: consejo directivo, órgano máximo, designación de autoridades, representación ministerial, organización institucional, autonomía del estado