Artículo 35. De las Direcciones
35.1 El Área de Propiedad Intelectual está conformada por las siguientes Direcciones:
a) La Dirección de Signos Distintivos.
b) La Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías.
c) La Dirección de Derecho de Autor.
35.2 Al interior de cada Dirección habrá una Comisión, órgano colegiado que tendrá autonomía funcional respecto del Director correspondiente.
35.3 El Director podrá emitir Lineamientos sobre temas funcionales, caso en el cual la Comisión podrá solicitar a la Sala de Propiedad Intelectual correspondiente que revise y, eventualmente, modifique, dichos lineamientos.
35.4 El Consejo Directivo podrá desconcentrar en las Oficinas Regionales del INDECOPI aquellas funciones de las Direcciones de la Propiedad Intelectual de la sede central mencionadas en el numeral 35.1 que no requieran el ejercicio de competencia a nivel nacional.
Comentario
El artículo 35 establece la estructura orgánica del Área de Propiedad Intelectual del INDECOPI, compuesta por tres Direcciones especializadas, cada una con una Comisión colegiada autónoma. Regula también la potestad del Director para emitir lineamientos funcionales y la facultad del Consejo Directivo para desconcentrar competencias a oficinas regionales.
Temas: estructura orgánica administrativa, autonomía funcional de órganos colegiados, desconcentración territorial de competencias, órganos especializados de propiedad intelectual, lineamientos administrativos