Artículo 23. De la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
Corresponde a la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas aplicar las leyes que regulan el control posterior y eliminación de las barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad que afectan a los ciudadanos y empresas, y velar por el cumplimiento de las normas y principios que garantizan la simplificación administrativa, así como de aquellas que complementen o sustituyan a las anteriores.
Comentario
El artículo asigna a la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas la competencia de aplicar las normas de control posterior y eliminación de barreras burocráticas ilegales o irrazonables. Define su función supervisora sobre el cumplimiento de principios de simplificación administrativa y normas conexas.
Temas: barreras burocráticas, simplificación administrativa, razonabilidad, control posterior, defensa de derechos ciudadanos, órgano resolutivo administrativo