Artículo 17. La Sala Plena del Tribunal
17.1 Los vocales de las Salas se reunirán para conformar la Sala Plena del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual.
17.2 Los vocales reunidos en Sala Plena elegirán a su Presidente y Vicepresidente por un período de un (1) año, siendo posible su reelección. El Presidente de la Sala Plena, o Presidente del Tribunal, tiene voto dirimente.
17.3 La Sala Plena contará con una Secretaría Técnica que será ejercida por el Secretario Técnico de la Sala a la cual pertenezca el Presidente del Tribunal del INDECOPI.
17.4 Para que haya quórum de Sala Plena deben reunirse al menos más de la mitad del número total de vocales designados de todas las Salas del Tribunal.
17.5 El Presidente del Tribunal del INDECOPI convocará a la Sala Plena con la periodicidad que demanden las necesidades funcionales, o cuando lo solicite el Consejo Directivo o tres (3) o más vocales de una Sala.
17.6 La Sala Plena del Tribunal se reunirá para:
a) Dictar directivas que orienten la solución de conflictos de competencia entre los distintos órganos resolutivos;
b) Resolver las contiendas de competencia que surjan entre los órganos resolutivos;
c) Expedir directivas para reglamentar temáticas de orden procesal;
d) Elegir al Presidente del Tribunal;
e) Adoptar los acuerdos que sean necesarios para su mejor desarrollo y funcionamiento;
f) Proponer al Presidente del Consejo Directivo el gestionar ante las autoridades políticas, legislativas o administrativas la implementación de medidas legales o reglamentarias destinadas a garantizar la protección de los derechos y principios rectores a que se refiere la presente Ley.
de protección al consumidor, en los casos en los que la publicidad comercial confluye en el análisis de sus procedimientos”)
Comentario
El artículo 17 regula la conformación y funcionamiento de la Sala Plena del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, integrada por los vocales de todas las Salas. Establece su estructura de gobierno, quórum, convocatoria y competencias, siendo el órgano colegiado máximo para decisiones de carácter institucional y resolución de conflictos interorgánicos.
Temas: órgano colegiado, coordinación interorgánica, conflictos de competencia, directivas administrativas, quórum y convocatoria, coherencia decisional