Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS)
Artículo 11. Recategorización
Si en el curso del ejercicio ocurriera alguna variación en los ingresos o adquisiciones mensuales, que pudiera ubicar al contribuyente en una categoría distinta del Nuevo RUS de acuerdo a la Tabla incluida en el numeral 7.1 del Artículo 7, éste se encontrará obligado a pagar la cuota correspondiente a su nueva categoría a partir del mes en que se produjo la variación
Comentario
El artículo regula el mecanismo de recategorización en el Nuevo RUS cuando los ingresos o adquisiciones mensuales del contribuyente varían durante el ejercicio fiscal. Obliga al contribuyente a pagar la cuota correspondiente a la nueva categoría a partir del mes en que ocurrió la variación, garantizando que la tributación se adecúe a la capacidad contributiva real.
Temas: categorías tributarias, cuotas mensuales, variación de ingresos, ajuste tributario intra-régimen, capacidad contributiva, regímenes simplificados