Primera. Cuentas abiertas en el Banco de la Nación en aplicación del Decreto Legislativo Nº 917
Tratándose de contribuyentes que tengan abiertas en el Banco de la Nación dos (2) o más cuentas en aplicación del Decreto Legislativo Nº 917 y norma modificatoria, la SUNAT enviará una comunicación a dicha entidad bancaria a fin que proceda a transferir los saldos de las cuentas a sólo una de ellas y cerrar las restantes.
La cuenta de cada contribuyente que resulte del procedimiento señalado en el párrafo anterior, seguirá siendo utilizada para efecto del Sistema.
Comentario
Dispone que la SUNAT ordene al Banco de la Nación la consolidación de múltiples cuentas tributarias abiertas conforme al D. Leg. Nº 917, transfiriendo sus saldos a una sola cuenta y cerrando las restantes. La cuenta resultante continúa siendo válida para operaciones en el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias.
Temas: consolidación de cuentas tributarias, sistema de pago de obligaciones tributarias, banco de la nación, transferencia de saldos, administración tributaria, medidas transitorias