Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444)
Artículo 242. Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles
El Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles consolida toda la información relativa al ejercicio de la potestad administrativa sancionadora disciplinaria y funcional ejercida por las entidades de la Administración Pública, así como aquellas sanciones penales impuestas de conformidad con los artículos 296, 296-A primer, segundo y cuarto párrafo; 296-B, 297, 382, 383, 384, 387, 388, 389, 393, 393-A, 394, 395, 396, 397, 397-A, 398, 399, 400 y 401 del Código Penal, así como el artículo 4-A del Decreto Ley 25475 y los delitos previstos en los artículos 1, 2 y 3 del Decreto Legislativo 1106.
Comentario
El artículo 242 establece la existencia y función del Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles como sistema de consolidación de información sobre sanciones disciplinarias, funcionales y penales impuestas a servidores públicos. Tiene como efecto crear un repositorio centralizado que documenta el ejercicio de la potestad sancionadora en toda la Administración Pública.
Temas: registro administrativo, sanciones disciplinarias, responsabilidad de servidores públicos, transparencia administrativa, coordinación interinstitucional, antecedentes de funcionarios