Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444)

Artículo 211. Requisitos del recurso

El escrito del recurso deberá señalar el acto del que se recurre y cumplirá los demás requisitos previstos en el artículo 113 de la presente Ley.

(Texto según el artículo 211 de la Ley Nº 27444, modificado según el artículo 2 Decreto Legislativo Nº 1272)

Comentario

Establece los requisitos formales que debe cumplir todo escrito de recurso administrativo: identificación del acto recurrido y observancia de los requisitos generales de presentación de escritos ante la administración pública. Esta exigencia asegura la claridad y procedibilidad de la impugnación.

Temas: recurso administrativo, requisitos formales, procedimiento administrativo, impugnación de actos, acto administrativo, admisibilidad