Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444)
Artículo 211. Requisitos del recurso
El escrito del recurso deberá señalar el acto del que se recurre y cumplirá los demás requisitos previstos en el artículo 113 de la presente Ley.
(Texto según el artículo 211 de la Ley Nº 27444, modificado según el artículo 2 Decreto Legislativo Nº 1272)
Comentario
Establece los requisitos formales que debe cumplir todo escrito de recurso administrativo: identificación del acto recurrido y observancia de los requisitos generales de presentación de escritos ante la administración pública. Esta exigencia asegura la claridad y procedibilidad de la impugnación.
Temas: recurso administrativo, requisitos formales, procedimiento administrativo, impugnación de actos, acto administrativo, admisibilidad