Ley Universitaria

Artículo 99. Deberes de los estudiantes

Son deberes de los estudiantes:

99.1 Respetar la Constitución Política del Perú y el estado de derecho.

99.2 Aprobar las materias correspondientes al periodo lectivo que cursan.

99.3 Cumplir con esta Ley y con las normas internas de la universidad.

99.4 Respetar los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y el principio de autoridad.

99.5 Respetar la autonomía universitaria y la inviolabilidad de las instalaciones universitarias.

99.6 Usar las instalaciones de su centro de estudios exclusivamente para los fines universitarios.

99.7 Respetar la democracia, practicar la tolerancia, cuidar los bienes de la institución y rechazar la violencia.

99.8 Matricularse un número mínimo de doce (12) créditos por semestre para conservar su condición de estudiante regular, salvo que le falten menos para culminar la carrera.

99.9 Los demás que disponga el Estatuto de cada universidad.

Comentario

El artículo 99 de la Ley Universitaria enumera los deberes fundamentales que deben cumplir los estudiantes de universidades en el Perú. Estos deberes abarcan aspectos constitucionales, académicos, administrativos, de convivencia y de preservación de la institución. Su cumplimiento es condición para mantener la calidad de estudiante regular y está sujeto a sanciones en caso de incumplimiento.

Temas: deberes estudiantiles, condición de estudiante regular, régimen de matrícula, autonomía universitaria, sanciones disciplinarias estudiantiles, convivencia universitaria