Artículo 69. Requisitos para ser Decano
Son requisitos para ser Decano:
69.1 Ser ciudadano en ejercicio.
69.2 Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3) años en la categoría.
69.3 Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido con estudios presenciales. Se exceptúa de este requisito, a los docentes en la especialidad de artes, de reconocido prestigio nacional o internacional.
69.4 No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.
69.5 No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.
69.6 No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.
Comentario
El artículo 69 de la Ley Universitaria establece los requisitos que debe reunir una persona para ejercer el cargo de Decano en una universidad. Estos requisitos comprenden condiciones de índole política, académica, profesional y ética, orientados a garantizar que quien dirija una facultad posea idoneidad, competencia y moralidad pública.
Temas: requisitos para cargos directivos, habilitación de candidatos, inhabilidades e incompatibilidades, formación académica de postgrado, probidad moral en la administración pública, gobierno universitario