Artículo 56. Asamblea Universitaria
La Asamblea Universitaria es un órgano colegiado que representa a la comunidad universitaria, se encarga de dictar las políticas generales de la universidad y está constituida por:
56.1 El Rector, quien la preside.
56.2 Los Vicerrectores.
56.3 Los Decanos de las Facultades.
56.4 El Director de la Escuela de Posgrado.
56.5 Los representantes de los docentes de las diversas Facultades, en número igual al doble de la suma de las autoridades universitarias a que se refieren los incisos anteriores. Están representados de la siguiente manera: 50% de Profesores Principales, 30% de Profesores Asociados y 20% de Profesores Auxiliares.
56.6 Los representantes de los estudiantes de pregrado y posgrado, que constituyen el tercio del número total de los miembros de la Asamblea. Los representantes estudiantiles de pregrado deben pertenecer al tercio superior y haber aprobado como mínimo treinta y seis créditos.
La inasistencia de los estudiantes no invalida la instalación ni el funcionamiento de dichos órganos.
56.7 El representante de los graduados, en calidad de supernumerario, con voz y voto.
56.8 Un representante de los trabajadores administrativos, con voz y sin voto.
La Asamblea Universitaria se reúne en sesión ordinaria una vez al semestre, y en forma extraordinaria por iniciativa del Rector, o de quien haga sus veces, o de más de la mitad de los miembros del Consejo Universitario, o de más de la mitad de los miembros de la Asamblea Universitaria.
Comentario
El artículo 56 de la Ley Universitaria define la Asamblea Universitaria como órgano colegiado de gobierno que representa a la comunidad universitaria y dicta sus políticas generales. Establece su composición tripartita (autoridades, docentes, estudiantes) con participación de graduados y trabajadores, y regula su funcionamiento en sesiones ordinarias semestrales y extraordinarias.
Temas: gobierno universitario, órganos colegiados, participación estudiantil, autogobierno democrático, políticas institucionales, representación de estamentos