Artículo 25. Recursos de la SUNEDU
Son recursos de la SUNEDU los siguientes:
25.1 Los montos que le asignen en la Ley de Presupuesto del Sector Público de cada año fiscal.
25.2 Los ingresos que recaude en el marco del ejercicio de sus funciones.
25.3 Los provenientes de donaciones y de la cooperación técnica internacional no reembolsable, de conformidad con la normativa vigente.
Los demás recursos que le sean asignados.
Comentario
El artículo 25 enumera las fuentes de financiamiento de la SUNEDU, las cuales comprenden asignaciones presupuestales anuales del Estado, ingresos derivados del ejercicio de sus funciones, donaciones y cooperación técnica internacional, así como otros recursos que le asigne la ley. Establece un régimen de recursos que combina financiamiento público directo con ingresos propios y externos.
Temas: financiamiento de organismos autónomos, recursos públicos y propios, autonomía presupuestal, ingresos administrativos, cooperación técnica internacional, sunedu