Ley Universitaria

Artículo 14. Ámbito de competencia

La SUNEDU ejecuta sus funciones en el ámbito nacional, público y privado, de acuerdo a su finalidad y conforme a las políticas y planes nacionales y sectoriales aplicables y a los lineamientos del Ministerio de Educación.

Comentario

El artículo 14 delimita el ámbito territorial, sectorial y material en que la SUNEDU ejerce sus competencias y funciones. Establece que la superintendencia actúa a nivel nacional sobre universidades públicas y privadas, subordinada a la política educativa nacional y a las directivas del Ministerio de Educación.

Temas: competencia de la sunedu, alcance territorial y sectorial, subordinación a política educativa, supervisión de universidades privadas, control de calidad universitaria, relación sunedu-ministerio de educación