Ley sobre modalidades formativas laborales
Artículo III. Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación de la presente Ley comprende a todas las empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada.
Comentario
El artículo III delimita el ámbito de aplicación de la Ley N° 28518 a las empresas del régimen laboral privado, excluyendo así a las entidades públicas y sujetos no empresariales. Establece el alcance personal y material de la regulación sobre modalidades formativas laborales.
Temas: ámbito de aplicación, régimen laboral privado, empresa sujeta a derecho laboral, delimitación normativa, modalidades formativas, alcance subjetivo de la ley