Ley sobre modalidades formativas laborales

Artículo 46. Contenido de los Convenios

El Convenio se celebra con carácter individual y por escrito y debe contener como mínimo los siguientes datos:

1. Nombre o denominación de la persona natural o jurídica que patrocine la modalidad formativa.

2. Nombre, edad y datos personales del participante que se acoge a la modalidad formativa y de su representante legal en el caso de los menores.

3. Ocupación materia de la capacitación específica.

4. Monto de la subvención económica mensual.

5. Duración del convenio.

6. Causales de modificación, suspensión y terminación del convenio.

Comentario

El artículo 46 establece los requisitos mínimos de contenido que debe observar todo convenio individual celebrado entre un participante y una entidad patrocinadora en las modalidades formativas reguladas por la ley. El convenio debe constar por escrito e incluir datos identificatorios, condiciones económicas, duración y cláusulas de modificación, suspensión y terminación.

Temas: modalidades formativas laborales, convenio individual de capacitación, requisitos de forma y contenido, protección del participante formativo, subvención económica, representación legal de menores