Ley sobre modalidades formativas laborales

Artículo 39. Sede del servicio complementario de formación y orientación para la inserción laboral

Los servicios de formación y orientación pueden ser brindados por la misma empresa o por los servicios de la oferta existente en el mercado, debidamente calificados y registrados en los diferentes Programas o Direcciones que dependen de la Autoridad Administrativa de Trabajo así como por los servicios de la oferta de los Centros de Formación Profesional Sectoriales.

Comentario

El artículo regula la localización y proveedores de los servicios de formación y orientación para la inserción laboral en el marco de la actualización para reinserción. Permite que estos servicios sean prestados por la empresa misma, por oferentes del mercado calificados y registrados ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, o por Centros de Formación Profesional Sectoriales.

Temas: formación y orientación laboral, inserción laboral, sede de formación, oferentes calificados, autoridad administrativa de trabajo, centros de formación profesional sectorial