Ley sobre modalidades formativas laborales
Artículo 31. Convenio de Actualización para la Reinserción Laboral
Por el Convenio de Actualización para la Reinserción Laboral, la empresa se obliga a brindar facilidades al adulto para que realice su actualización práctica, durante el tiempo que dure el convenio, mediante la ejecución de tareas productivas correspondientes a un Plan de Entrenamiento y Actualización, previamente definido por la empresa y el beneficiario.
La empresa tiene la responsabilidad de planificar y diseñar los programas, así como de dirigir, administrar, evaluar y certificar las actividades formativas, asumiendo la empresa los costos que demande el Plan de Entrenamiento y Actualización.
El beneficiario se obliga a cumplir las tareas productivas de la empresa, conforme a la reglamentación y normatividad de ésta.
Comentario
El Convenio de Actualización para la Reinserción Laboral es un acuerdo por el cual la empresa facilita al adulto la actualización práctica mediante tareas productivas conforme a un Plan de Entrenamiento predefinido. La empresa asume la planificación, dirección, administración, evaluación, certificación y costos; el beneficiario se compromete al cumplimiento de las tareas conforme a la normatividad empresarial.
Temas: actualización laboral de adultos, modalidades formativas, reinserción laboral, plan de entrenamiento, convenio de formación, responsabilidad empresarial en capacitación