Primera
Los derechos sobre las obras y demás producciones protegidas de conformidad con la ley anterior, gozarán de los plazos de protección más extensos reconocidos en ésta Ley.
Comentario
Establece que las obras creadas bajo la vigencia de la legislación de derecho de autor anterior conservan la protección más favorable entre ambos regímenes. Garantiza que la aplicación de la nueva ley no suponga una reducción de derechos ya adquiridos.
Temas: disposiciones transitorias, seguridad jurídica, plazos de protección, obras preexistentes, no regresividad de derechos, derecho de autor