Artículo 7
El título de una obra, cuando sea original, queda protegido como parte de ella.
Comentario
El artículo reconoce protección autoral a los títulos de obras cuando posean originalidad. El título protegido se considera parte integrante de la obra y goza de los derechos que la ley confiere al autor.
Temas: originalidad como requisito de protección, identificación y distintividad de obras, integración de elementos en la obra, derechos del autor sobre títulos, objeto del derecho de autor