Ley sobre el Derecho de Autor

Artículo 22

Son derechos morales:

a. El derecho de divulgación.

b. El derecho de paternidad.

c. El derecho de integridad.

d. El derecho de modificación o variación.

e. El derecho de retiro de la obra del comercio.

f. El derecho de acceso.

Comentario

El artículo 22 enumera los derechos morales del autor, que son facultades personalísimas e irrenunciables inherentes a la creación intelectual, independientes de los derechos patrimoniales. Estos derechos protegen la relación espiritual entre autor y obra, garantizando el reconocimiento de la autoría y el respeto a la integridad de la creación.

Temas: derechos morales del autor, paternidad intelectual, integridad de la obra, facultades extrapatrimoniales, derecho de divulgación, personalidad del creador