Ley sobre el Derecho de Autor

Artículo 183

Se considera infracción la vulneración de cualquiera de las disposiciones contenidas en la presente ley.

La responsabilidad administrativa derivada de los actos de infracción a la legislación en materia de derecho de autor y derechos conexos es objetiva.

Comentario

El artículo 183 define la infracción en materia de derecho de autor como la vulneración de cualquier disposición de la Ley sobre Derechos de Autor, e instituye un régimen de responsabilidad administrativa de naturaleza objetiva. La consecuencia jurídica es que la comisión de tales actos genera imputabilidad sin necesidad de acreditar intención o culpa.

Temas: infracción administrativa, derecho de autor, responsabilidad objetiva, derechos conexos, vulneración de derechos patrimoniales, sanciones administrativas