Artículo 107
Quedan también regulados por las disposiciones de este Capítulo los contratos de co-edición en los cuales existe más de un editor obligado frente al autor.
Comentario
El artículo extiende el régimen del contrato de edición a los supuestos de co-edición, donde participan múltiples editores con obligaciones frente al autor. Establece que los contratos de co-edición se rigen por las mismas disposiciones que regulan los contratos de edición simple.
Temas: contrato de edición, co-edición, derechos del autor, obligaciones editoriales, transmisión de derechos de autor, explotación de obras