Ley del Servicio Civil

Quinta. Registro de la compensación por tiempo de servicios

Créase el Registro de la Compensación por Tiempo de Servicios (RCTS) a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, con la finalidad de centralizar la información para la liquidación de la compensación por tiempo de servicios y otras prestaciones del personal de los regímenes del Decreto Legislativo 728 y el Decreto Legislativo 276 que se trasladen al nuevo régimen.

Comentario

La disposición crea el Registro de la Compensación por Tiempo de Servicios (RCTS) bajo la administración del Ministerio de Economía y Finanzas. Su propósito es centralizar la información necesaria para liquidar la compensación por tiempo de servicios y otras prestaciones del personal que se traslade desde los regímenes anteriores (Decretos Legislativos 728 y 276) al nuevo régimen de la Ley del Servicio Civil.

Temas: compensación por tiempo de servicios, transición de regímenes, información centralizada, derechos adquiridos, liquidación de prestaciones, administración pública