Ley del Servicio Civil

Artículo 53. Requisitos de los funcionarios públicos

Para ser funcionario público se requiere cumplir con los requisitos contemplados para cada puesto según la ley especifica. Sin perjuicio de ello, se requiere:

a) Tener la nacionalidad peruana, en los casos en que la naturaleza del puesto lo exija, conforme a la Constitución Política del Perú y a las leyes específicas.

b) Tener hábiles sus derechos civiles.

c) No estar inhabilitado para ejercer función pública o para contratar con el Estado, de acuerdo a resolución administrativa o resolución judicial definitiva.

d) No tener condena por delito doloso.

e) No tener otro impedimento legal establecido por norma expresa de alcance general.

Comentario

El artículo 53 establece los requisitos mínimos y generales que todo aspirante a funcionario público debe cumplir, independientemente de la categoría o nivel del cargo. Estos requisitos operan como filtros de idoneidad personal y legal, complementarios a los específicos que cada puesto exija según normativa especial.

Temas: requisitos de idoneidad personal, impedimentos para función pública, inhabilitación administrativa y judicial, antecedentes penales en servicio civil, derechos civiles, nacionalidad en cargos públicos