Artículo 109
Tratándose de la reorganización de las empresas del Estado a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 782 y normas ampliatorias y modificatorias serán de aplicación las normas dispuestas en el presente Capítulo.
Comentario
El artículo 109 establece que las empresas estatales sometidas a procesos de reorganización conforme al Decreto Legislativo N° 782 se rigen por las normas sobre declaraciones juradas, liquidación y pago del impuesto a la renta contenidas en el Capítulo XI. Asegura que estos sujetos pasivos, a pesar de su naturaleza pública, cumplen con los mismos deberes formales que las empresas privadas.
Temas: reorganización de empresas estatales, obligaciones tributarias formales, sujeto pasivo persona jurídica pública, declaración jurada de impuesto a la renta, liquidación y pago de impuesto