Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia

Artículo 71. Conformación de la Comisión Especial

71.1 La Comisión Especial está formada por:

a. El Defensor del Pueblo, quien la preside;

b. El Presidente del Poder Judicial;

c. El Fiscal de la Nación;

d. El Presidente del Tribunal Constitucional;

e. El Contralor General de la República;

f. Un rector elegido en votación por los rectores de las universidades públicas licenciadas con más de cincuenta años de antigüedad;

g. Un rector elegido en votación por los rectores de las universidades privadas licenciadas con más de cincuenta años de antigüedad. El rector representante de las universidades privadas percibe dietas conforme a los montos señalados por acuerdo de la Comisión emitido en Pleno.

71.2 La participación de los titulares mencionados es personalísima y no pueden delegar su participación a un representante.

71.3 La Comisión Especial se reúne a convocatoria de quien la preside y sesiona en la sede principal de la Defensoría del Pueblo o donde lo señale en la convocatoria, bajo su dirección.

71.4 Los titulares de las entidades que conforman la Comisión Especial pueden disponer el apoyo técnico especializado y presupuestal de la institución que representan para el proceso de selección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, en aquellas materias que sean de su competencia. Dichas acciones se financian con cargo al presupuesto de cada entidad y sin demandar recurso adicional al tesoro público.

71.5 Los integrantes de la Comisión Especial presentan declaración jurada de intereses al asumir el cargo en el sistema informático que para estos efectos establezca la Contraloría General de la República.

Comentario

Establece la composición de la Comisión Especial de la Junta Nacional de Justicia, integrada por siete titulares de órganos constitucionales y rectores de universidades públicas y privadas. Consagra el carácter personalísimo de la participación, la presidencia del Defensor del Pueblo y los mecanismos de funcionamiento y apoyo institucional.

Temas: comisión especial, selección de magistrados, participación personalísima, órganos constitucionales, transparencia y conflictos de interés, representación universitaria