Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y Crecimiento Empresarial (Ley MYPE, TUO)

Primera

Prórroga para la adecuación de los contratos laborales comprendidos en la Ley 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa

Prorrógase por tres (3) años el régimen laboral especial de la microempresa creado mediante la Ley 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa; sin perjuicio de que las microempresas, trabajadores y conductores puedan acordar por escrito, durante dicha prórroga, su acogimiento al régimen laboral regulado en el Decreto Legislativo 1086, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de la micro y pequeña empresa y del acceso al empleo decente. Dicho acuerdo debe presentarse ante la autoridad administrativa de trabajo dentro del plazo de 30 días de suscrito.

(Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30056)

Comentario

Norma transitoria que prórroga por tres años el régimen laboral especial de las microempresas establecido en la Ley 28015, permitiendo que microempresas y trabajadores acuerden voluntariamente su acogimiento al régimen laboral del Decreto Legislativo 1086 mediante escrito presentado ante la autoridad de trabajo dentro de treinta días.

Temas: régimen laboral especial microempresas, prórroga transitoria, acuerdo voluntario de cambio, formalización ante autoridad laboral, acogimiento a nuevo régimen, autonomía contractual en derecho laboral