Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y Crecimiento Empresarial (Ley MYPE, TUO)
Novena. Descentralización
De conformidad con el fortalecimiento del proceso de descentralización y regionalización, declárese de interés público la actividad de crédito a favor de las MYPE, en todo el país.
El Banco de la Nación puede suscribir convenios con entidades especializadas y asociaciones privadas no financieras de apoyo a las MYPE a efectos de que el primero brinde servicios de ventanilla a estas últimas.
(Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28015)
Comentario
La Disposición Novena declara de interés público el otorgamiento de crédito a las MYPE en todo el país, alineado con la descentralización. Faculta al Banco de la Nación para suscribir convenios con entidades especializadas y asociaciones privadas a fin de ampliar la cobertura de servicios financieros a través de ventanillas descentralizadas.
Temas: interés público, descentralización financiera, crédito a mype, servicios de ventanilla, convenios público-privados, inclusión crediticia