Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y Crecimiento Empresarial (Ley MYPE, TUO)

Novena. Descentralización

De conformidad con el fortalecimiento del proceso de descentralización y regionalización, declárese de interés público la actividad de crédito a favor de las MYPE, en todo el país.

El Banco de la Nación puede suscribir convenios con entidades especializadas y asociaciones privadas no financieras de apoyo a las MYPE a efectos de que el primero brinde servicios de ventanilla a estas últimas.

(Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28015)

Comentario

La Disposición Novena declara de interés público el otorgamiento de crédito a las MYPE en todo el país, alineado con la descentralización. Faculta al Banco de la Nación para suscribir convenios con entidades especializadas y asociaciones privadas a fin de ampliar la cobertura de servicios financieros a través de ventanillas descentralizadas.

Temas: interés público, descentralización financiera, crédito a mype, servicios de ventanilla, convenios público-privados, inclusión crediticia