Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y Crecimiento Empresarial (Ley MYPE, TUO)
Artículo 64. Régimen especial de salud para la microempresa
64.1 La afiliación de los trabajadores y conductores de la Microempresa al régimen semicontributivo del Seguro Integral de Salud comprenderá a sus derechohabientes. Su costo será parcialmente subsidiado por el Estado condicionado a la presentación anual del certificado de inscripción o reinscripción vigente del Registro Nacional de Micro y Pequeña Empresa de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria , y a la relación de trabajadores, conductores y sus derechohabientes. El procedimiento de afiliación será establecido en el Reglamento de la Ley.
64.2 El empleador deberá efectuar un aporte mensual por cada trabajador afiliado, equivalente a la mitad del aporte mensual total del régimen semicontributivo del Seguro Integral de Salud, el que será complementado por un monto igual por parte del Estado, a fin de que el trabajador y sus derechohabientes accedan al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) . Esta disposición se aplica, asimismo, en el caso de los conductores de la Microempresa.
Este beneficio no se extiende a los trabajadores independientes que se afilien voluntariamente al régimen semicontributivo del Seguro Integral de Salud, quienes, para lograr su afiliación, deberán acreditar la evaluación socioeconómica del Sistema Focalización de Hogares (SISFOH).
(Artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1086)
Conforme a lo previsto en el numeral 1 del artículo 81 del Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, los trabajadores y conductores de la microempresa pasan del régimen subsidiado al semicontributivo.
De acuerdo con la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30056, la administración del REMYPE será asumida por la SUNAT.
De acuerdo con la Novena Disposición Complementaria Final Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, se autorizó al Seguro Integral de Salud la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS).
Comentario
Establece un régimen especial de aseguramiento en salud para los trabajadores y conductores de microempresas mediante afiliación al régimen semicontributivo del Seguro Integral de Salud. El Estado subsidia parcialmente el aporte, de manera que el empleador contribuye el 50% y el Estado el 50% restante, permitiendo acceso al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud para el trabajador y sus derechohabientes.
Temas: aseguramiento en salud semicontributivo, régimen laboral de microempresas, subsidio estatal de salud, plan esencial de aseguramiento, derechohabientes en seguro de salud, formalización empresarial