Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y Crecimiento Empresarial (Ley MYPE, TUO)

Artículo 41. Régimen tributario de las MYPE

El régimen tributario facilita la tributación de las MYPE y permite que un mayor número de contribuyentes se incorpore a la formalidad.

El Estado promueve campañas de difusión sobre el régimen tributario, en especial el de aplicación a las MYPE con los sectores involucrados.

La SUNAT adopta las medidas técnicas, normativas, operativas y administrativas, necesarias para fortalecer y cumplir su rol de entidad administradora, recaudadora y fiscalizadora de los tributos de las MYPE.

(Artículo 42 de la Ley Nº 28015)

Comentario

Artículo que establece los principios rectores del régimen tributario aplicable a las micro y pequeñas empresas, orientado a facilitar su incorporación y permanencia en la formalidad. Asigna al Estado la responsabilidad de promover la divulgación del régimen y a SUNAT las funciones de fortalecimiento administrativo necesarias para su gestión eficaz.

Temas: régimen tributario diferenciado, formalización empresarial, micro y pequeña empresa, política tributaria, administración tributaria, incorporación a la formalidad