Ley Marco del Empleo Público

Artículo 31. Requisitos para ser vocal

Para ser vocal del Tribunal se requiere:

a) Ser mayor de treinta y dos años.

b) Haber ejercicio la abogacía durante 7 años.

c) No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida en la ley.

Comentario

El artículo establece los requisitos personales y profesionales que deben cumplir quienes aspiren a ocupar el cargo de vocal del Tribunal del Empleo Público. Se trata de una norma habilitante que fija estándares mínimos de idoneidad para garantizar que los integrantes de este órgano jurisdiccional administrativo posean capacidad técnica y experiencia suficientes.

Temas: requisitos de elegibilidad, idoneidad profesional, tribunal administrativo, incompatibilidades, vocales jurisdiccionales, experiencia forense